30 25.03.2022 ELLAS ENTRE NOS Envía tus inquietudes y preguntas a: [email protected] Unanueva ley dePropiedad Horizontal en Panamá TeyraAEhlers Bilgray Abogada y dueña deAdministra PTY El 14 de febrero de 2022 se promulgó la ley284quesubrogalaley31de2010.Estaley teníayabastantesmesesendiscusióntanto por el grupo de trabajo conformado por diferentes sectores relacionados con la propiedadhorizontal comoen laAsambleaNacional. La ley 284 debe ser reglamentada lo antes posible para permitir una aplicación adecuada y evitar múltiples interpretaciones. Sin embargo, ya está vigente y son estas disposiciones las que deben regir el régimen de PH y las obligaciones y derechos de promotores, propietarios, residentes, juntas directivas y administradores. Estossonalgunospuntosmás importantes de la nueva ley: • Se fortalece el principio de confidencialidad dentro del PH, lo que brindarámayor seguridad y tranquilidad a residentes con relación al manejo de sus datos y a los aspectos personales que sean de conocimiento del administrador o de las juntas directivas. Esto incluye la prohibición de publicar el nombre del propietario en los listados demorosidad. • Las cuotas de gastos comunes no podrán ser objeto de gravámenes o medida cautelar excepto por el incumplimiento de obligaciones adquiridas o por derecho reconocido mediante sentencia judicial, y solo se podrá cautelar el fondo para imprevistos y/o hasta el 20% de la totalidad de lo recaudadomensualmente por el PH. Esto para garantizar la operación de la propiedad antemedias cautelares. •Se aclaraque lamorosidades el incumplimiento en el pago de las cuotas de gastos comunes en el plazo establecido en el reglamento de copropiedad, y de no estar definido este plazo, la fecha límite de pago será el último día del mes. Las cuotas de gastos comunes generarán recargo de hasta el 20%siemprequehayavencido laobligación de pago. •Se establece el término de tres días para laentregadepazysalvosyde10díaspara la emisión de las actas de asamblea. •Se reducen los quórums de votación en temas como escogencia de junta directiva (51% de los propietarios que estén al día) y modificación de cuota de gastos comunes ordinarias y extraordinarias (51% de los propietarios que estén al día en primera convocatoria y 30% en segunda convocatoria). • Se excluye el corte de agua como medida de suspensión de servicios por morosidad. • Se permite a la junta directiva la contratación de profesionales especializados (abogados, contadores, ingenieros, arquitectos y similares) para una mejor gestión de la propiedad. •Se prohíbe a los propietarios contratar personal no idóneo para los trabajos eléctricos, de plomería y gas, entre otros. • Se hace obligatoria la asistencia a las asambleas de propietarios so pena de una multa de mínimo el 20% de la cuota de gastos comunes. • Se regula de mejor forma las asambleasextraordinariasysereduceatresdías el tiempo mínimo de convocatoria. Estas solo podrán realizarse cuando se trate de necesidades imprevistas o de urgencia. • Se mantiene la posibilidad de realizar asambleas por medios tecnológicos o mixtas. •Seestableceel perfilmínimoconel cual debe cumplir el administrador. •El administrador no podrá formar parte de la junta directiva a excepción de las propiedades conmenos de 20unidades. •Se establecen y regulan los comités de componentes y comités de transición. •Se promueve la aplicación del régimen de propiedad a los proyectos de interés social y el acompañamiento social de los nuevos propietarios de este tipo de viviendas. Esta nueva normativa obliga tanto a los administradores como a las juntas directivas a capacitarse para que tengan la posibilidad no solo de aplicar la ley, sino para evitar caer en situaciones que puedan involucrar procesos administrativos por errores o dolo en la gestión. Adicional, será importante la promoción de las obligaciones y responsabilidades que esta nueva ley trae a todos los residentes y propietarios. La nueva normativa reemplaza la ley que estuvo vigente por 12 años y que requería ajustarse a la realidad actual y corregir lagunas y vacíos.
RkJQdWJsaXNoZXIy Nzk3OTIx